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Dinero Electrónico en Europa y Argentina: Un Análisis Comparado desde el Derecho Informático

 

Resumen:

Este artículo presenta un análisis comparado entre el marco jurídico europeo y el argentino respecto al dinero electrónico. Se abordan las normativas aplicables, el rol de las entidades emisoras, el control estatal y la protección al usuario. El contraste con Europa permite visualizar las oportunidades de desarrollo regulatorio en América Latina.


Repasemos: ¿Qué es el dinero electrónico?

El dinero electrónico (o e-money) es un valor monetario almacenado digitalmente que representa una obligación del emisor hacia el titular y puede ser utilizado para efectuar pagos o transferencias. A diferencia del efectivo, no existe en formato físico, pero está respaldado por moneda de curso legal.

En la práctica, se materializa a través de:

  • Billeteras virtuales (ej. Mercado Pago, Ualá)
  • Tarjetas prepagas recargables
  • Plataformas digitales de bancos y fintechs


La Unión Europea ha desarrollado un marco normativo robusto, específico y armonizado para regular el dinero electrónico, lo que ha permitido el crecimiento controlado de fintechs y la protección del consumidor digital. En cambio, Argentina aplica un esquema indirecto, basado en disposiciones del Banco Central y sin una ley especial.


📊 Cuadro comparativo: Régimen jurídico del dinero electrónico


Elemento

Unión Europea

Argentina

Norma principal

Directiva 2009/110/CE (EMD2)

Comunicaciones y regulaciones del BCRA (ej. Com. “A” 6859)

Definición legal de e-money

Sí, como valor monetario almacenado electrónicamente

No hay definición legal específica

Entidad emisora

Electronic Money Institutions (EMI) licenciadas

PSPCP registradas ante el BCRA (fintechs, bancos digitales)

Respaldo

Obligación de respaldo en fondos equivalentes

Fondos de usuarios deben mantenerse en cuentas a la vista bancarias

Protección del usuario

Sí, incluye salvaguardas, información y resolución de conflictos

Sí, vía normativa del BCRA y Ley de Protección de Datos Personales

Supervisión estatal

Autoridades nacionales + pasaporte europeo

BCRA (supervisión administrativa, no legislativa)

Interoperabilidad

Fomentada por PSD2

Limitada; aún sin estándar nacional de interoperabilidad total

Prevención de delitos financieros

Quinta Directiva AML (UE) 2018/843

UIF – Res. 76/2019, entre otras

Marco para innovación

Promueve competencia, entrada de nuevos actores

En expansión, pero con incertidumbre regulatoria

Normativa complementaria

PSD2, MiCA, propuesta del Euro Digital

Sin normativa complementaria específica


Lecciones del modelo europeo

La experiencia del Derecho comparado europeo ofrece varias enseñanzas clave:

  1. Seguridad jurídica: La existencia de una directiva clara reduce la incertidumbre para emisores y usuarios.
  2. Apertura del sistema financiero: Las EMIs pueden competir con bancos tradicionales en igualdad de condiciones.
  3. Protección del consumidor: La regulación impone requisitos estrictos sobre transparencia, acceso y reclamaciones.
  4. Fomento de la interoperabilidad: Las reglas comunes facilitan el uso de servicios entre países y plataformas.
  5. Separación entre dinero electrónico y criptoactivos: El e-money se distingue claramente de las monedas digitales descentralizadas (como Bitcoin), lo que evita confusiones normativas.


¿Qué desafíos enfrenta Argentina?

Aunque el BCRA ha avanzado en la regulación de las fintechs mediante registros y normativas específicas, la ausencia de una ley integral sobre dinero electrónico limita la consolidación del sistema. Esta carencia:

  • Resta previsibilidad a inversores y desarrolladores.
  • Dificulta la articulación con marcos internacionales.
  • Genera vacíos legales en temas clave como sucesiones digitales, conflictos contractuales o fallos técnicos.

El desafío para el legislador argentino es generar un marco legal moderno, tecnológicamente neutral y flexible, que acompañe la innovación sin renunciar a la protección del usuario.



Conclusión

El Derecho Informático debe funcionar como puente entre la innovación tecnológica y la seguridad jurídica. En ese sentido, el análisis comparado demuestra que el régimen europeo ha logrado regular el dinero electrónico con equilibrio, facilitando su adopción masiva y su integración al sistema financiero.

Para América Latina —y especialmente Argentina—, el camino pasa por observar estas buenas prácticas, adaptar lo necesario al contexto local y avanzar hacia una legislación que dé certeza, fomente la competencia y proteja al ciudadano digital.



Normativas europeas citadas:

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